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Las últimas piezas publicadas de cualquier sección: investigación, documental, jurídico, observatorio, prensa.

Portada horizontal de 'El encapuchamiento', con un investigado encapuchado, dos custodios, el Tribunal Supremo de Justicia de fondo, papeles con preguntas y sellos sobre debido proceso, dignidad humana y presunción de inocencia.

16 jul. 2026 Jurídico

El encapuchamiento

El “protector visual” en el caso PDVSA-Cripto abre una pregunta de debido proceso: si no hay condena, ¿qué justifica encapuchar reiteradamente a los investigados?

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[ seguimiento JUDICIAL E INFORMATIVO ]

El debido proceso, bajo observación. PDVSA‑Cripto es el caso que lo pone a prueba.

En marzo de 2023, el gobierno venezolano destapó una trama de corrupción que dio la vuelta al mundo: activos petroleros, transacciones en criptomonedas y 64 acusados, según la cifra oficial. Casi de inmediato, casi todos los dieron por culpables: la Fiscalía General, el alto mando del Ejecutivo, adversarios políticos y antiguos aliados que se desmarcaron.

Dos años después comenzó el juicio, otra vez bajo los reflectores del mundo. Pero hasta hoy no se ha exhibido una sola prueba formal, entre denuncias de violaciones a los derechos humanos y un sistema de justicia que no ha cumplido con la base del Derecho: el debido proceso. Eso lo convierte en el juicio con mayores implicaciones políticas y materiales de lo que va de siglo.

La última vez que el máximo tribunal del país se atrevió a juzgar a un presidente de la República fue hace más de tres décadas. Desde entonces, la independencia judicial es, ella misma, la gran ausente. Este caso vuelve a ponerla a prueba.

Este observatorio nace con una misión: no documentar a una persona, sino vigilar un procedimiento —antecedentes, audiencias, plazos, acceso al expediente, tribunal competente, denuncias de violaciones de derechos humanos y, sobre todo, si el Estado prueba legalmente lo que acusa—. Con fuentes, atribución y derecho a réplica.

Acusados
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Pruebas formales exhibidas
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Última actualización
01 — Enfoque

Observamos el sistema. El caso es el ejemplo.

Este no es un proyecto destinado a la simple defensa. Es un observatorio del debido proceso en Venezuela, que toma el juicio PDVSA-Cripto como caso de prueba porque concentra, a la vez, casi todas o todas las fallas señalables. Trabajamos seis líneas de investigación, cada una con una función distinta, para que la defensa de garantías no se confunda con propaganda.

Por qué

La razón del observatorio

Del relato documental al examen de la prueba. Por qué hoy la pregunta ya no es solo cómo llegamos aquí, sino si el Estado prueba lo que acusa.

Documental

Contexto y memoria

La serie PROCESO reconstruye cómo el sistema judicial fue rediseñado para servir al poder. El caso aparece como corolario, no como excepción.

Jurídico

Garantías procesales

Presunción de inocencia, carga de la prueba, juez natural, defensa, expediente, nulidades y límites a la prisión preventiva, en lenguaje claro.

Acusados

Responsabilidad individual

Un proceso con decenas de acusados no es una bolsa común de culpabilidad. Cada caso exige hechos, fechas y pruebas concretas.

Observatorio

Auditoría de la prueba

Seguimiento jornada a jornada: qué presentó la Fiscalía, qué pudo responder la defensa y qué duda razonable queda en pie.

Prensa

Comunicados y réplica

Materiales para periodistas y un canal formal para que cualquier persona o institución mencionada ejerza su derecho a responder.

02 — Método

Los cinco filtros.

Desde el inicio del juicio: el acompañamiento de abogados de confianza, el derecho a ser escuchados, la garantía de vida, la integridad familiar, de los bienes, y observamos la carga probatoria. La pregunta pública deja de ser si la opinión pública ya condenó. Pasa a ser una sola: ¿el Estado prueba de forma lícita, individualizada, controvertible y suficiente lo que acusa? Toda prueba que se haga pública la analizamos con estos cinco parámetros.

Filtro Pregunta de control Función pública
Individualización ¿A qué acusado vincula exactamente esta prueba? Evita la culpabilidad colectiva.
Pertinencia ¿Qué hecho o delito concreto pretende demostrar? Separa la sospecha de la prueba.
Licitud ¿Cómo fue obtenida y preservada? Controla la tortura, la coacción o la cadena irregular.
Contradicción ¿La defensa pudo conocerla, examinarla y responderla? Garantiza una defensa efectiva.
Suficiencia ¿Prueba culpabilidad o solo instala una narrativa? Activa la duda razonable.

El Estado acusa. El Estado debe probar.

La presunción de inocencia no se suspende por impopularidad, polarización ni presión mediática.